Gravan con 0% de IVA la venta de insecticidas y rodenticidas para agricultura y ganadería
En un primer momento, el SAT negó una devolución de impuestos argumentando que los insecticidas y rodenticidas no están contemplados en la ley. Sin embargo, una administración desconcentrada del SAT consideró que la negativa de devolución fue incorrecta. Por eso, la administración desconcentrada del SAT determinó que a los insecticidas y rodenticidas les resulta aplicable la tasa del 0% del IVA, siempre que éstos sean destinados a la agricultura y la ganadería.
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